Si el otro progenitor no aporta o lo hace de forma irregular, podés reclamar judicialmente una cuota alimentaria para tus hijos. Estos son los pasos.
1. Reuní la documentación
- Tu DNI y las partidas de nacimiento de tus hijos.
- Datos del otro progenitor: domicilio, trabajo o actividad.
- Comprobantes de gastos: escuela, salud, alquiler, actividades.
- Cualquier prueba de su nivel de vida o ingresos (redes sociales, vehículo, comercio).
2. Se presenta el reclamo y se pide una cuota provisoria
Junto con la demanda se puede pedir una cuota provisoria, que el juzgado fija para que los chicos no tengan que esperar al final del proceso.
3. Audiencia y posibilidad de acuerdo
En muchos casos se llega a un acuerdo en la audiencia. Si se firma, se homologa y tiene la misma fuerza que una sentencia.
4. Prueba y sentencia
Si no hay acuerdo, se prueban las necesidades de los hijos y los ingresos del otro progenitor, y el juzgado fija la cuota en la sentencia.
Desde cuándo se debe
La cuota se debe desde el reclamo, no desde la sentencia. Cuanto antes se inicie, mejor.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar si el otro progenitor trabaja en negro?
Sí. Sus ingresos se pueden probar por su nivel de vida, su actividad, sus bienes o testigos.
¿Necesito que el otro esté de acuerdo?
No. Si no hay acuerdo, el juzgado fija la cuota.
¿Hasta qué edad se paga?
Hasta los 21 años, y hasta los 25 si el hijo o la hija estudia y eso le impide mantenerse.
Esta guía es información general y no reemplaza una consulta sobre tu caso concreto.