En los casos de violencia familiar, los juzgados pueden dictar medidas de protección en plazos muy cortos. En la Provincia de Córdoba rige la Ley de Violencia Familiar N.º 9283. Estas son las medidas más frecuentes y lo que implican.
Restricción o prohibición de acercamiento
Conocida como “perimetral”, prohíbe acercarse a una persona y a ciertos lugares (su casa, su trabajo, la escuela de los chicos) dentro de una distancia fijada por el juzgado.
Prohibición de contacto
Impide comunicarse por cualquier medio: llamadas, mensajes, redes sociales, correo o a través de terceros. Suele dictarse junto con la restricción de acercamiento.
Exclusión del hogar
Ordena que una persona deje la vivienda que comparte con quien pidió la protección. También puede ordenarse el reintegro al hogar de quien tuvo que irse por la situación de violencia.
¿Cuánto duran?
El juzgado fija un plazo. Al vencer, puede prorrogarlas, modificarlas o dejarlas sin efecto según cómo evolucione la situación.
¿Qué pasa si se incumplen?
El incumplimiento se debe denunciar de inmediato. Para quien incumple, puede constituir el delito de desobediencia y dar lugar a medidas más severas.
Cómo se piden
La denuncia puede hacerse en una Unidad Judicial o comisaría, y el juzgado puede dictar las medidas en pocas horas. Contar con un abogado ayuda a pedir las medidas adecuadas y a resolver a la vez temas como la cuota y el cuidado de los hijos.
Preguntas frecuentes
¿Qué distancia tiene una perimetral?
La fija el juzgado en cada caso. Está indicada en la resolución que se notifica.
¿Una exclusión del hogar me hace perder la casa?
No define la propiedad de la vivienda. Es una medida de protección provisoria; la vivienda y los bienes se resuelven por otras vías.
Esta guía es información general y no reemplaza una consulta sobre tu caso concreto.